La Secretaría de Asuntos Municipales de la Procuraduría de la Administración, participó en reuniones celebradas en la Asamblea Nacional, donde se adelantan las modificaciones a la Ley 16, del 17 de junio de 2016 que instituye la Justicia Comunitaria de Paz y dicta disposiciones sobre Mediación y Conciliación Comunitaria.
En los conversatorios en los que participan representantes de distintas entidades de competencia de esta normativa, se discutieron modificaciones a los artículos 29 y 30 de la referida ley.
Se analiza entre las competencias de los Jueces de Paz, el sancionar a quienes le falten el respeto dentro y fuera del despacho, así como el conocer casos por porte de armas y el ordenar allanamientos o inspecciones como medidas provisionales.
Al respecto el representante de la Procuraduría de la Administración en la mesa de discusión y análisis de estas reformas, Rafael Carrasquilla, añadió que sobre el porte de arma blanca versus el porte de arma de fuego son competencias distintas, puesta esta última ya es competencia de la jurisdicción ordinaria, hoy Sistema Penal Acusatorio y se encuentra regulada por el Código Penal de Panamá.
Sobre la materia de allanamiento, Carrasquilla señaló durante las discusiones que se orientó a los involucrados en estas reformas a analizar en profundidad este tema ya sea que el Juez de Paz ordene un allanamiento o una inspección como medida provisional contemplada en el artículo 43 de la Ley 16 y al pretenderse que la Justicia Comunitaria de Paz este adscrita al Órgano Judicial, es una materia que llamaría la atención de éste órgano, sobre todo en la metodología y la finalidad en el proceder.
Pues en Panamá, con el Sistema Penal Acusatorio hay un procedimiento para ordenarse y legalizarse los allanamientos y lo que menos se quiere es, que la Justicia Comunitaria de Paz, sea tan procesal y se vulnerar garantías, concluyó.
Esta mesa fue instalada en diciembre de 2019 y discutirán durante 10 reuniones las modificaciones a la ley 16, que regula el ejercicio de los Jueces de Paz.