¿Cómo identificar la corrupción en el arbitraje, para prevenirla y combatirla? A esta pregunta, el Dr. Alvaro Galindo, miembro de la Comisión de Arbitraje & ADR de la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (ICC), París, Francia, se respondió, señalando que hay diferentes métodos, a través de la casuística, de la doctrina y la legislación, ya sea nacional e internacional.
El pronunciamiento del Dr. Galindo se dio, el 27 de agosto, durante su conferencia titulada “La corrupción y el arbitraje internacional”, dictada en el Centro de Capacitación de la Procuraduría de la Administración, Dra. Alma Montenegro de Fletcher.
El conferencista internacional señaló que hay ciertas alarmas que se presentan en diferentes tipos de operaciones, ya sea comercial, de recepción de inversión extranjera, y que sirven para identificar los contextos donde podemos advertir la corrupción. Por ejemplo, en las contrataciones públicas, donde se presentan intermediarios en las transacciones, cuyas gestiones, son de corta duración, dejando pocas evidencias o rastros; también cuando los pagos se realizan off shore, en donde hay poca posibilidad de control, de auditoría del pago en cuestión.
A nivel internacional, hay herramientas útiles que han sido aplicadas, tanto por tribunales domésticos, así como por tribunales internacionales, como por ejemplo en arbitraje internacional, en donde los árbitros, bajo tratado, pueden utilizar herramientas bajo el derecho internacional, para prevenir prácticas corruptas y que tienen un punto de encuentro con el arbitraje, por ejemplo la Convención de las Naciones Unidas para la lucha contra la corrupción, que en su Art. 16., n.1 señala “… la promesa, el ofrecimiento o la concesión, en forma directa o indirecta, a un funcionario público extranjero o a un funcionario de una organización internacional pública, de un beneficio indebido que redunde en su propio provecho o en el de otra persona o entidad con el fin de que dicho funcionario actúe o se abstenga de actuar en el ejercicio de sus funciones oficiales para obtener o mantener alguna transacción comercial u otro beneficio indebido en relación con la realización de actividades comerciales internacionales”. La amplitud de este apartado, posibilita a la autoridad, aplicarlo en diferentes escenarios, que puede llegar a su conocimiento.
El Dr. Galindo señaló que, en el contexto del arbitraje internacional, normalmente lo que sucede es una defensa por parte del Estado, que puede ser desarrollada como una objeción de carácter jurisdiccional o de carácter de admisibilidad, para que el tribunal concluya que ese tratado internacional que está invocando un inversionista, no lo protege, como resultado de una conducta indebida que va en contra de las normas del propio tratado, o de principios generales del derecho general público o del derecho internacional.
A la pregunta, cómo prevenir la corrupción en la administración pública, el expositor, que además fue funcionario de la Procuraduría General del estado de la república del Ecuador, dijo que se requiere una administración muy sólida; que exista un carrera, que el funcionario que quiera dedicarse al servicio público tenga la seguridad de que después de 20 o 25 años de trabajo pueda retirarse con tranquilidad, que pueda ser respetado por su comunidad. Esta es la mejor manera de tratar de luchar contra la corrupción; si no tenemos una seguridad para el futuro del servidor público, podemos ser más sensibles a las actividades corruptas que nos pueden arrastrar, entre otras medidas. Lo principal es tener una administración sólida de carrera, sin importar la política local.
Durante la conferencia, el Dr. Alvaro Galindo citó algunos casos internacionales relevantes, de los más de 50 arbitrajes en los que ha intervenido, a nivel nacional e internacional, entre ellos, a nivel Estados y grandes corporaciones.
La conferencia “La corrupción y el arbitraje internacional”, se encuentra disponible en el canal de YouTube: